Los autónomos que cobren estas ayudas pueden tener que devolverlas si despiden mal este verano

El nuevo real decreto-ley prorroga hasta el 30 de septiembre de 2026 varias ayudas ligadas al combustible, pero también mantiene una condición laboral delicada: si la empresa beneficiaria despide por causas vetadas, puede perder la ayuda y afrontar un despido nulo.

Algunas ayudas pueden obligar a autónomos a devolver dinero
Algunas ayudas pueden obligar a autónomos a devolver dinero.

La ayuda no solo se mira por el importe: también por lo que haces después

El Real Decreto-ley 18/2026, publicado en el BOE el 30 de junio y en vigor desde el 1 de julio, amplía medidas del Plan Integral de Respuesta a la Crisis en Oriente Medio. Entre ellas hay apoyos para transporte, agricultura, ganadería, pesca y otros sectores afectados por el coste energético.

La parte que muchos autónomos y pymes con empleados no deberían pasar por alto está en el artículo 31. Las empresas beneficiarias de ayudas directas previstas en la norma no podrán despedir hasta el 30 de septiembre de 2026 si justifican ese despido en fuerza mayor o en causas económicas, técnicas, organizativas o productivas derivadas de la situación que la norma pretende afrontar.

Dicho de forma sencilla: no es que una pyme que cobre la ayuda tenga prohibido despedir en cualquier caso. La clave está en la causa del despido. Si el cese se apoya en el encarecimiento energético o en el impacto de la crisis de Oriente Medio, entra en terreno de riesgo.

El coste puede ser doble: devolver la ayuda y readmitir al trabajador

La consecuencia no es menor. El BOE establece que incumplir esta obligación conlleva el reintegro de la ayuda recibida y la calificación del despido como nulo. Para un negocio pequeño, eso puede golpear la caja por dos vías a la vez.

Por un lado, habría que devolver el dinero público cobrado. Por otro, un despido nulo implica la readmisión inmediata del trabajador y el abono de los salarios dejados de percibir, según el Estatuto de los Trabajadores. No hablamos solo de una discusión laboral: hablamos de liquidez, tesorería y riesgo económico real.

Por eso, antes de tomar decisiones de plantilla este verano, conviene revisar bien qué ayuda se ha cobrado, con qué condiciones y cómo se documenta la causa del despido. Igual que se compara una cuenta, un TPV o una financiación, también tiene sentido revisar con calma la parte administrativa y bancaria de la ayuda; aquí puede ayudar tener ordenada la operativa con alguno de los mejores bancos para autónomos.

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No afecta igual a todos los autónomos ni a todos los despidos

La limitación afecta a las empresas beneficiarias de ayudas directas previstas en el real decreto-ley. En transporte por carretera, por ejemplo, la norma contempla ayudas para titulares de vehículos con derecho a devolución parcial del Impuesto sobre Hidrocarburos y también para autónomos o sociedades con determinadas autorizaciones de transporte que no puedan beneficiarse de esa devolución.

También se prorrogan apoyos al gasóleo agrario y pesquero. En estos casos, la noticia importa sobre todo a autónomos y pequeños negocios con trabajadores a cargo, porque el riesgo aparece cuando se combinan ayuda pública, plantilla y despidos vinculados a las causas protegidas por la norma.

Además, el real decreto-ley protege expresamente a los fijos-discontinuos: esas mismas causas no podrán justificar el fin del periodo de actividad ni la falta de llamamiento hasta el 30 de septiembre. En negocios con actividad estacional, este punto no es menor. La campaña de verano puede traer tensión de caja, pero no todas las decisiones de personal se pueden vestir con el mismo argumento.

Qué debe revisar una pyme antes de mover plantilla

La primera pregunta práctica es si el negocio ha cobrado o va a solicitar una ayuda directa incluida en el Real Decreto-ley 18/2026. La segunda es si el despido que se plantea tiene relación con fuerza mayor o con causas económicas, técnicas, organizativas o productivas derivadas de la crisis que justifica la norma.

Si la respuesta se acerca al sí, conviene extremar la prudencia. No basta con decir que el negocio vende menos o que los costes han subido. En una inspección, una reclamación laboral o una revisión posterior, lo importante será cómo se ha justificado la decisión y si encaja dentro de las causas que la norma limita.

Para las pymes, también es buen momento para ordenar cuentas, cobros y financiación. Una ayuda puede aliviar un coste concreto, pero no sustituye una gestión cuidadosa de caja. En ese punto, puede ser útil comparar opciones entre los mejores bancos para empresas o revisar alternativas pensadas para pequeñas empresas si el problema real está en liquidez, comisiones o gestión diaria.

La idea de fondo es clara: estas ayudas pueden dar aire, pero no salen gratis en términos de obligaciones. Para un autónomo con empleados, el riesgo no está solo en solicitar bien la ayuda, sino en no tomar después una decisión laboral que convierta ese apoyo en una devolución, una readmisión y un coste inesperado.

Esta noticia ha sido elaborada por Javier Borja

Javier Borja

Javier Borja

Especialista

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Especialista en autónomos, negocios y finanzas para pymes.

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