La base mínima pasa de 1.000 a 1.424,40 euros
El cambio está en la Orden PJC/297/2026, publicada en el BOE el 31 de marzo, con efectos desde el 1 de enero de 2026. La norma fija para el grupo 7 del Régimen General una base mínima de 1.424,40 euros mensuales.
Ese dato importa porque el sistema de cotización de autónomos establece que determinados perfiles, entre ellos los autónomos societarios incluidos en el artículo 305.2.b) y e) de la Ley General de la Seguridad Social, no pueden tener una base definitiva inferior a la base mínima del grupo 7.
Hasta 2025 existía una regla transitoria que dejaba esa base mínima en 1.000 euros para estos perfiles. A partir de 2026, esa transición termina y se aplica la referencia general. El salto no es menor: supone una subida de base de 424,40 euros al mes.

Por qué la subida puede acercarse a 1.620 euros al año
La cuota no se calcula mirando solo la base. Hay que aplicar los tipos de cotización. En 2026, la Orden recoge el 28,30% por contingencias comunes, el 1,30% por contingencias profesionales, el 0,90% del MEI, el 0,90% por cese de actividad y el 0,10% por formación profesional.
Con esos porcentajes, una base de 1.424,40 euros deja una cuota aproximada de 448,69 euros al mes. Si se compara con una cuota calculada sobre una base de 1.000 euros, el incremento mensual se mueve en torno a los 134 euros, según la referencia usada. En un año completo, el impacto puede acercarse a 1.620 euros.
Para un autónomo societario, esto no es un matiz técnico. Es un coste fijo más. Y cuando se gestiona una sociedad limitada pequeña, cada coste mensual pesa: cuota, gestoría, seguros, banco, impuestos, software, nóminas si las hay y cobros que no siempre llegan cuando deberían.
Por eso conviene revisar el negocio entero, no solo el recibo de la Seguridad Social. Si el autónomo societario trabaja con una sociedad limitada, también tiene sentido mirar si su banco está acompañando o encareciendo la operativa diaria. En Finantres hay una comparativa útil de mejores bancos para sociedades limitadas para revisar cuentas, comisiones y servicios básicos.

No todos pagarán más de golpe, pero la regularización manda
La propia Orden permite que estos autónomos mantengan durante 2026 la base provisional vigente en 2025 o pasen a la base resultante de la regla aplicable. Ese punto es importante: puede que el recibo mensual no suba de forma inmediata en todos los casos.
La letra pequeña está en la regularización. La norma señala que la base definitiva no podrá ser inferior a la que corresponda por esas reglas. Dicho en claro: si durante el año se paga menos de lo que finalmente corresponde, la Seguridad Social puede reclamar la diferencia cuando regularice las cuotas.
Este detalle afecta especialmente a quien organiza la tesorería al céntimo. Un autónomo societario puede pensar que su cuota sigue igual porque el cargo mensual no cambia, pero encontrarse después con una liquidación pendiente. No es lo mismo pagar 130 euros más cada mes que recibir una regularización acumulada, pero en ambos casos el dinero sale de la caja.
También conviene diferenciar perfiles. No hablamos del autónomo persona física que tributa por su actividad sin sociedad, sino de quienes están en el RETA por su posición en una sociedad de capital o sociedad laboral con control efectivo o funciones que encajan en la norma. En negocios pequeños, ese perfil suele aparecer en administradores de SL, socios trabajadores y estructuras familiares.

Qué debe revisar ahora un autónomo societario
La primera revisión es sencilla: comprobar la base de cotización actual, la condición exacta dentro del RETA y si la cuota que se está pagando en 2026 es provisional o ya incorpora la nueva base mínima. Aquí conviene no quedarse en “me han cobrado lo mismo” como señal de tranquilidad.
La segunda es de caja. Si el negocio ya trabaja con márgenes ajustados, una subida cercana a 1.600 euros al año puede obligar a revisar precios, costes fijos, comisiones bancarias o servicios duplicados. Para sociedades pequeñas, puede ser útil comparar también bancos para pequeñas empresas si la cuenta actual cobra mantenimiento, transferencias, tarjetas o servicios que no compensan.
Y la tercera es de cobros. En comercios, hostelería o negocios con mucho pago con tarjeta, el margen no solo se va en la cuota de autónomos. También puede irse en TPV, comisiones por operación o liquidaciones lentas. Ahí tiene sentido revisar alternativas de mejores TPVs sin convertirlo en una decisión automática: cada negocio factura, cobra y negocia de una manera.
La noticia no está en que todos los autónomos paguen lo mismo ni en que la subida sea idéntica para cualquier perfil. La clave es que los autónomos societarios que venían apoyándose en la base mínima de 1.000 euros pueden entrar en 2026 con una referencia mucho más alta. Y eso, antes o después, se nota en la cuenta del negocio.









