Economía quiere limitar lo que el banco cobra al autónomo por números rojos

Economía quiere limitar lo que el banco cobra al autónomo
Economía quiere limitar lo que el banco cobra al autónomo.

Economía pone el foco en los descubiertos de las cuentas bancarias

Quedarse en números rojos no es raro cuando se trabaja por cuenta propia. A veces no es mala gestión, sino calendario: entra tarde una factura, se adelanta un recibo, Hacienda carga un pago o el banco atiende una domiciliación aunque no haya saldo suficiente.

La novedad es que Economía quiere revisar cómo se cobran esos descubiertos tácitos y los gastos por reclamación de posiciones deudoras. La consulta pública previa afecta a la modificación de la Orden ECO/734/2004, la Orden EHA/2899/2011 y la Orden EHA/1718/2010, dentro del marco de transparencia bancaria y crédito al consumo.

La clave para el autónomo está en una pregunta muy concreta: cuánto puede cobrar el banco y cuándo puede hacerlo. La consulta plantea si debe fijarse un plazo mínimo para regularizar el saldo antes de reclamar formalmente la deuda, si debe existir un saldo deudor mínimo exento y qué importe de gastos de recuperación debería considerarse en estos casos.

Qué quiere cambiar Economía cuando la cuenta se queda sin saldo

Un descubierto tácito se produce cuando el banco permite pagar un cargo aunque la cuenta no tenga dinero suficiente. Para un autónomo puede pasar con un recibo de proveedor, una cuota, un impuesto, una tarjeta o una domiciliación del negocio.

El problema no es solo el interés del descubierto. También pueden aparecer comisiones, recargos o gastos de reclamación. Y para un pequeño negocio, una comisión pequeña repetida varias veces deja de ser pequeña. La liquidez manda: si se cobra tarde y se paga pronto, el coste financiero aparece justo cuando menos margen hay.

Actualmente, la Orden EHA/2899/2011 permite que las comisiones se pacten libremente, pero solo pueden cobrarse por servicios solicitados o aceptados y que respondan a servicios efectivamente prestados o gastos reales. Además, las entidades que permitan descubiertos tácitos deben publicar las comisiones, intereses o recargos aplicables.

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La letra pequeña: no hay todavía importe cerrado

Conviene no confundir la noticia con una rebaja ya aprobada. No hay todavía un límite concreto publicado, ni una entrada en vigor cerrada para los nuevos criterios. Lo que existe ahora es una consulta pública previa que pregunta qué límites, plazos y umbrales deberían incorporarse a la futura modificación normativa.

Esto importa porque no afecta igual a todos los negocios. Un freelance que cobra pocas facturas al mes puede sufrir descubiertos puntuales por desfases de cobro. Un comercio que gira muchos recibos o trabaja con domiciliaciones puede tener más exposición a cargos automáticos. En ese caso, además de comparar cuentas, conviene mirar qué banco cobra por descubierto y cómo trata los recibos. En Finantres ya puedes revisar una selección de mejores bancos para autónomos y, si tu negocio usa domiciliaciones, una guía de mejores bancos para emitir recibos.

El Banco de España recuerda, además, que si se produce un descubierto la entidad debe informar del plazo para regularizar el saldo y de los posibles gastos por reclamación. También señala que para cargar gastos por reclamación de posiciones deudoras debe existir saldo pendiente y haberse realizado gestiones necesarias para reclamarlo.

A quién puede afectar más y qué debe revisar el autónomo

El impacto más directo lo pueden notar los autónomos persona física con cuenta profesional o cuenta usada para el negocio, especialmente si sufren tensiones temporales de caja. En cambio, el alcance exacto para sociedades limitadas, pequeñas empresas y cuentas puramente empresariales debe revisarse cuando exista texto normativo definitivo.

También hay otro matiz: parte de la reforma se conecta con la transposición de la Directiva europea 2023/2225 sobre crédito al consumo, que actualiza el marco europeo y deroga la Directiva 2008/48/CE con efectos desde el 20 de noviembre de 2026, aunque con reglas transitorias para contratos vigentes.

Para el autónomo, la decisión práctica no es esperar a que la norma lo arregle todo. Es revisar ahora tres cosas: cuánto cobra su banco por descubierto, si aplica gastos de reclamación y si permite bloquear cargos en descubierto. Y si el negocio ya se mueve como pequeña empresa, también puede tener sentido comparar condiciones en bancos para pequeñas empresas, sin quedarse solo con el mantenimiento mensual de la cuenta.

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Qué debe quedar claro antes de confiar en la medida

La reforma puede mejorar la protección del cliente bancario, pero todavía falta lo importante: el texto concreto. La diferencia entre una medida útil y otra que se queda corta estará en los importes, el plazo para regularizar el saldo y si los bancos podrán seguir cobrando costes que el autónomo apenas ve hasta que llegan al extracto.

Para quien trabaja por cuenta propia, la noticia no está solo en que Economía revise los números rojos. Está en si esa revisión acaba reduciendo costes reales cuando hay un desfase puntual de liquidez. Hasta entonces, conviene mirar la cuenta como mira el negocio: coste total, condiciones y margen de maniobra cuando el mes viene justo.

Consulta pública previa del Ministerio de Economía, Comercio y Empresa sobre la modificación de las órdenes de transparencia, publicidad y atención al cliente bancario; Orden EHA/2899/2011 publicada en el BOE; criterios del Portal del Cliente Bancario del Banco de España sobre descubiertos y gastos por reclamación; y Directiva (UE) 2023/2225 publicada en el BOE/DOUE.

Esta noticia ha sido elaborada por Javier Borja

Javier Borja

Javier Borja

Especialista

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Especialista en autónomos, negocios y finanzas para pymes.