Dos de cada tres hogares con IMV tienen ingresos laborales: qué cambia en la prestación

2 de cada 3 hogares con IMV tienen ingresos laborales
2 de cada 3 hogares con IMV tienen ingresos laborales.

La ministra Elma Saiz dio la cifra este 27 de julio, durante la IV Comisión de Seguimiento del Ingreso Mínimo Vital (IMV), celebrada en Madrid. Su mensaje fue que la prestación debe proteger al hogar sin convertir la entrada en el empleo en una pérdida inmediata de ingresos.

El dato se refiere a hogares que han percibido rentas del trabajo durante el último año, no necesariamente a familias que hayan mantenido el mismo empleo y salario durante todo el periodo. En junio, el IMV llegaba a 860.458 hogares y 2,6 millones de personas, con una prestación media de 507 euros mensuales por hogar. Cerca del 70% de esas unidades de convivencia tenía menores a cargo.

Trabajar y cobrar el IMV es compatible, pero la cuantía puede cambiar

El ingreso mínimo vital no es una cantidad fija que se suma sin límites al sueldo. Funciona como una garantía de ingresos: la Seguridad Social calcula cuánto corresponde según la composición de la unidad de convivencia y completa la diferencia respecto a los ingresos computables del hogar.

Por eso, dos familias con salarios parecidos pueden recibir cantidades distintas. Influyen el número de adultos y menores, los complementos aplicables, los ingresos anuales y el patrimonio. Tener empleo no excluye por sí solo del IMV, pero superar los límites o dejar de cumplir algún requisito puede reducir o extinguir la prestación.

La clave para el bolsillo está en no confundir compatibilidad con cobro íntegro. Un aumento salarial puede mejorar la renta disponible y, al mismo tiempo, provocar una revisión del IMV. El resultado depende de las circunstancias completas del hogar, no únicamente de la nómina de una persona.

El cambio clave está en los primeros 6.000 euros de aumento laboral

Desde el 27 de marzo de 2026 está vigente una reforma del incentivo al empleo. El nuevo sistema deja fuera del cálculo del IMV el 100% de los primeros 6.000 euros de incremento anual de las rentas del trabajo o de una actividad por cuenta propia.

Este matiz es importante: no significa que los primeros 6.000 euros del salario de cada beneficiario no cuenten. La exención se calcula sobre el aumento de ingresos laborales respecto al ejercicio anterior. Si el incremento supera esa cantidad, se excluyen los 6.000 euros iniciales y el 50% de lo que exceda. El porcentaje sube al 55% en unidades con complemento por monoparentalidad o discapacidad.

El Instituto Nacional de la Seguridad Social aplica el incentivo de oficio durante la revisión anual, utilizando los datos tributarios. No hace falta presentar una solicitud específica para esta exención, aunque sí deben comunicarse los cambios que puedan modificar la prestación. La cuantía final puede aumentar, bajar o extinguirse tras la actualización.

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Qué debe revisar un hogar que empieza a trabajar o mejora su sueldo

El primer punto es comprobar qué ingreso ha cambiado y en qué año fiscal se produjo. El incentivo compara las rentas laborales del ejercicio anterior con las obtenidas un año antes. Por ejemplo, la revisión de 2026 toma como referencia el aumento registrado en 2025 frente a 2024.

También conviene revisar cualquier notificación del INSS y mantener actualizados los datos de la unidad de convivencia. Un cambio de domicilio, de miembros del hogar, de ingresos o de patrimonio puede alterar el derecho. No se debe contar con la misma cantidad de IMV después de una subida salarial hasta recibir la revisión correspondiente.

El IMV se abona mediante transferencia a una cuenta bancaria del titular. Aunque la entidad elegida no cambia los requisitos de la prestación, sus comisiones sí pueden reducir el dinero disponible. Conviene revisar las condiciones y consultar opciones de bancos y cuentas sin comisiones. Quien valore cambiar la domiciliación de sus ingresos laborales también puede comparar bancos para llevar la nómina.

El avance laboral no resuelve todos los problemas de la prestación

El dato difundido por Inclusión muestra que empleo e IMV conviven con frecuencia. Sin embargo, no cierra el debate sobre la eficacia de la ayuda. La AIReF estimó que, al cierre de 2025, el IMV alcanzaba al 44,2% de los hogares que cumplirían los requisitos económicos y situó en el 52% la tasa de posibles beneficiarios que no acceden a la prestación.

El Ministerio cuestiona que esa estimación refleje el acceso real, porque el cálculo de hogares potenciales no incorpora todos los requisitos no económicos, como determinadas condiciones de convivencia o empadronamiento. Al mismo tiempo, la AIReF reconoce mejoras en la tramitación, pero reclama simplificar el acceso y revisar el diseño del incentivo laboral.

Para el hogar, la idea práctica es sencilla: trabajar puede ser compatible con seguir cobrando el IMV, pero no garantiza conservar la misma cuantía. Lo prudente es revisar los ingresos declarados, comunicar los cambios y comprobar la resolución anual del INSS antes de ajustar el presupuesto familiar.

Esta noticia ha sido elaborada por Álvaro Ortega López

Álvaro Ortega López

Álvaro Ortega López

Especialista

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Especialista en fiscalidad, impuestos e inversiones en España.