La Gerencia de Urbanismo aprobó inicialmente el 14 de julio la Ordenanza Municipal de Urbanización, Arbolado y Espacios Libres. La norma sustituirá una regulación cuya base procede de 1985 y pretende unificar los criterios aplicables a aceras, calzadas, saneamiento, alumbrado, redes de servicios, arbolado y mobiliario urbano en todo el término municipal.
El paso dado no supone una obligación inmediata para los vecinos. El texto debe continuar su tramitación administrativa y elevarse al Pleno para su aprobación definitiva. Esa diferencia es importante: hoy existe una propuesta aprobada inicialmente y una controversia política, no una derrama automática ni una factura ya exigible.
Qué obligaciones podrían llegar a las comunidades
El punto más sensible afecta a zonas que parecen formar parte de la calle, pero que jurídicamente son privadas y permanecen abiertas al tránsito. Según la información publicada sobre el borrador, sus titulares tendrían que conservarlas, limpiar, reparar el pavimento, eliminar obstáculos, garantizar la accesibilidad y mantener una iluminación adecuada.
El PSIB de Palma, que votó en contra, sostiene que la norma traslada esos costes a las comunidades sin prever ayudas, bonificaciones fiscales ni convenios de conservación. El Ayuntamiento, por su parte, ha presentado la ordenanza como una actualización para mejorar la accesibilidad, la seguridad y la calidad del espacio urbano. Son dos lecturas distintas de un texto que todavía puede cambiar durante su tramitación.
Para el bolsillo, la clave es que el coste no sería igual en todos los edificios. Dependería de la superficie, del estado del pavimento, de la iluminación existente y de las obras de accesibilidad necesarias. La información oficial difundida tras la aprobación inicial no incluye una estimación del número de comunidades afectadas ni una factura media, por lo que hablar de miles de euros para todos sería precipitado.
Multas de hasta 3.000 euros y trabajos cobrados al propietario
La ordenanza incorpora un régimen sancionador con infracciones leves de hasta 750 euros, graves de 751 a 1.500 euros y muy graves de 1.501 a 3.000 euros. La información local sobre el borrador señala que incumplir las obligaciones de conservación de estos espacios podría considerarse una infracción muy grave.
Además, aparece la posibilidad de ejecución subsidiaria. En términos sencillos, significa que la Administración puede encargar los trabajos cuando el obligado no los realiza y repercutirle después el coste. El riesgo económico no se limitaría, por tanto, a una multa: también podría incluir la reparación, la limpieza o la adaptación ejecutada por el Ayuntamiento.
Aun así, conviene separar el máximo sancionador general de la cantidad que terminaría pagando una comunidad concreta. Harían falta una obligación en vigor, un requerimiento, un incumplimiento y el correspondiente procedimiento. Tampoco está confirmado cómo quedará redactado este apartado después de las enmiendas y de la aprobación definitiva.

Los barrios antiguos concentran buena parte del debate
Palma cuenta con numerosos pasajes, soportales y zonas entre edificios que son de propiedad privada aunque funcionen como lugares de paso. Entre los ejemplos citados aparecen los soportales de Jaume III, áreas de Camp Redó, Ses Corominas en Son Gotleu y el pasaje Antoni Torrandell, que comunica la calle dels Oms con la plaza Patines.
El PSIB advierte de que parte de estos espacios se encuentra en barrios con edificios antiguos, donde una reparación del pavimento o una adaptación de accesibilidad puede pesar más sobre presupuestos comunitarios ajustados. Sin embargo, no se ha difundido un censo oficial de los inmuebles que quedarían incluidos.
La obligación descrita se dirige a los titulares de los espacios. El reparto dentro de cada comunidad dependerá de las escrituras, los coeficientes, los acuerdos existentes y la configuración jurídica de la zona. No puede deducirse del anuncio que todos los residentes de Palma ni todas las comunidades de vecinos estén en la misma situación.
Qué debería revisar una comunidad antes de aprobar una derrama
El primer paso es comprobar si el espacio figura realmente como propiedad privada y si está destinado al uso público. Conviene revisar escrituras, planos, estatutos de la comunidad, acuerdos de conservación anteriores y cualquier comunicación municipal. También será importante localizar el artículo exacto del texto que llegue al Pleno y comprobar si incluye plazos, excepciones o medidas transitorias.
Antes de presupuestar una obra, la comunidad debería identificar qué actuación concreta podría exigirse: limpieza ordinaria, iluminación, reparación del pavimento o eliminación de barreras. Si el cambio acaba generando una derrama, será útil separar ese presupuesto extraordinario de los gastos habituales y revisar la operativa de la cuenta de la comunidad de vecinos.
Por ahora, ninguna comunidad debería dar por hecho un coste concreto. Las que tengan pasajes, porches o zonas privadas abiertas al público sí deberían seguir la tramitación y conservar su documentación. El dinero en juego dependerá del texto definitivo y del estado real de cada espacio.









