Qué cambia en 2027 para jubilarse a los 65
La regla no la aprueba la Comunidad de Madrid ni el Ayuntamiento de Madrid. Es una norma estatal de la Seguridad Social, pero afecta de lleno a quienes viven o trabajan en Madrid y están planificando su salida del mercado laboral.
Desde 2027, la edad ordinaria de jubilación quedará fijada en 67 años para quienes no alcancen 38 años y 6 meses cotizados. Solo quienes sí acrediten ese periodo podrán jubilarse a los 65 años sin que esa edad sea una jubilación anticipada. En 2026, el umbral todavía será de 38 años y 3 meses, con una edad alternativa de 66 años y 10 meses para quienes no lleguen a esa cotización.
Para el bolsillo, el matiz no es menor. No es lo mismo jubilarse a la edad ordinaria que adelantar la retirada con coeficientes reductores. Por eso, en Madrid, donde muchas carreras laborales combinan etapas por cuenta ajena, autónomos, paro, contratos parciales o cambios de empresa, conviene comprobar si el tiempo cotizado alcanza exactamente el nuevo listón.
Cómo puede tocar el bolsillo de los trabajadores madrileños
La edad no es el único dato que importa. La pensión también depende de la base reguladora y del porcentaje que se aplica según los años cotizados. En 2027 seguirá abierta la transición del nuevo sistema de cálculo: la Seguridad Social prevé comparar el cálculo tradicional con una fórmula que, ese año, toma las 304 bases de cotización de mayor importe dentro de los 308 meses anteriores y las divide entre 354,67.
Esto puede ser relevante para trabajadores de Madrid con salarios irregulares, años de bases altas al final de la carrera o lagunas de cotización. Una carrera larga no siempre significa una pensión alta si las bases han sido bajas; y una buena base reciente puede no compensar por sí sola si hay periodos sin cotizar o si falta tiempo para alcanzar el porcentaje máximo.
Además, para causar derecho a la pensión contributiva se exige un mínimo general de 15 años cotizados, de los que al menos dos deben estar dentro de los 15 años anteriores al momento de jubilarse. A partir de 2027, el porcentaje de pensión comienza con el 50% a los 15 años y va aumentando con los meses adicionales cotizados.
En la práctica, quien esté cerca de los 65 años en 2027 debería mirar tres cosas: si llega a los 38 años y 6 meses para mantener la edad de 65, qué base reguladora le saldría y si le compensa esperar unos meses más antes de pedir la pensión. Quienes también tengan ahorro privado deberían revisar la fiscalidad de los planes de pensiones antes de rescatar dinero de golpe, porque puede sumarse a la pensión y elevar la factura fiscal.

A quién afecta más en Madrid
El cambio afecta especialmente a quienes cumplan 65 años en 2027, es decir, a buena parte de los nacidos en 1962 que quieran retirarse ese año. Si no llegan a los 38 años y 6 meses cotizados, su edad ordinaria no será 65, sino 67.
También deben revisar su caso quienes hayan tenido carreras laborales discontinuas: trabajadores que pasaron por desempleo, autónomos con bases bajas durante años, empleados de hostelería, comercio, cuidados, construcción o servicios con entradas y salidas del mercado laboral, y personas que redujeron jornada o dejaron de cotizar durante etapas familiares.
Madrid concentra muchas trayectorias laborales largas, pero también carreras muy fragmentadas por cambios de empresa, contratos temporales y etapas como autónomo. Por eso, más que quedarse con el titular, el paso útil es consultar la vida laboral y comprobar los días reales cotizados. La Seguridad Social recuerda que los periodos se transforman a años y meses completos y que no se equiparan las fracciones a un año o a un mes completo.
Qué conviene revisar antes de tomar la decisión
El primer documento que debería mirar cualquier afectado es la vida laboral. El segundo, las bases de cotización. Y el tercero, una simulación actualizada de jubilación. La propia Seguridad Social dispone de un simulador para calcular una estimación de la pensión y permite valorar escenarios si se adelanta o se retrasa la fecha prevista de retiro.
El punto delicado está en no confundir edad legal con pensión máxima personal. Llegar a los 65 con la cotización exigida permite acceder a la edad ordinaria, pero la cuantía dependerá de las bases y de los años cotizados. Por eso, quien esté haciendo números para 2027 también debería revisar si tiene sentido complementar la pensión pública con ahorro a largo plazo, comparar planes de pensiones o valorar diferencias entre fondos de inversión y planes de pensiones según liquidez, fiscalidad y horizonte temporal.
El cambio no obliga a todos los madrileños a trabajar hasta los 67. Pero sí endurece la condición para jubilarse a los 65 desde 2027. La decisión no debería tomarse por intuición: conviene comprobar cotización exacta, bases, fecha de retiro y efecto fiscal antes de mover una pieza que marcará los ingresos de muchos años.









