Cuenta bancaria básica sigue sin llegar a parte de los inmigrantes irregulares

El Banco de España acaba de poner cifras a un atasco que lleva años abierto: la cuenta de pago básica, pensada para evitar la exclusión financiera, sigue sin llegar a buena parte de los inmigrantes en situación irregular por los filtros aplicados en la práctica.

Banco de España alerta de que la cuenta de pago básica sigue sin llegar a inmigrantes
Banco de España alerta de que la cuenta de pago básica sigue sin llegar a inmigrantes.

El aviso es muy reciente. En su Informe de Inclusión Financiera 2025, publicado el 26 de mayo de 2026, el Banco de España reconoce que los inmigrantes en situación irregular siguen encontrando serias barreras para abrir una cuenta bancaria, pese a que la cuenta de pago básica nació precisamente para cubrir ese vacío.

La señal más clara está en el dato que destaca el propio supervisor: al inicio de 2025 no llegaba, en el mejor de los casos, a una cuenta de pago básica por cada ocho inmigrantes en situación irregular. El organismo añade además que las aperturas de este tipo de cuentas, unas 25.000 al año de media, siguen muy por debajo del flujo estimado de personas en esa situación.

Ese desfase es el que convierte la cuestión en noticia ahora. No se trata de una sospecha o de una queja aislada, sino de una constatación oficial: la herramienta legal existe, pero no está cumpliendo de forma efectiva su objetivo de inclusión financiera con uno de los colectivos más vulnerables.

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Qué derecho reconoce la ley y dónde aparece el bloqueo

La base legal no es nueva. El Real Decreto-ley 19/2017 obliga a las entidades que ofrecen cuentas de pago a poner también a disposición de determinados clientes una cuenta de pago básica. Entre ellos figuran los solicitantes de asilo y también las personas que no tienen permiso de residencia pero cuya expulsión es imposible por razones jurídicas o de hecho.

Sobre el papel, el derecho está claro. El portal del Cliente Bancario del Banco de España recuerda además que las entidades no pueden negar este producto de forma arbitraria y que la denegación solo cabe en supuestos concretos, como que el solicitante ya tenga otra cuenta en España, que existan razones de orden público o que no aporte la información exigida para cumplir con la normativa de prevención del blanqueo.

Ahí es donde el Banco de España sitúa el cuello de botella. Según explica en su informe y en el blog que acompaña su publicación, muchas entidades aplican estas condiciones de forma restrictiva y alegan la normativa antiblanqueo como principal motivo para frenar aperturas. El supervisor admite que para los bancos hay costes operativos y riesgos de sanción o de reputación, pero al mismo tiempo recuerda que no basta con escudarse de forma genérica en esa normativa.

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El problema no es solo legal: también es práctico y documental

El atasco no se explica solo por la letra de la ley. El propio Banco de España subraya que una parte del problema está en la dificultad para acreditar determinados requisitos de identificación, algo especialmente delicado en personas recién llegadas o procedentes de países con más obstáculos documentales.

A eso se suma un factor menos visible, pero clave: muchas personas afectadas no conocen bien que esta cuenta existe ni qué documentos pueden servir para solicitarla. El resultado es que un derecho pensado para evitar la exclusión financiera termina siendo difícil de ejercer en la ventanilla, justo en el momento en el que más falta hace cobrar una nómina, alquilar una vivienda, domiciliar recibos o simplemente guardar dinero con seguridad.

Para quien quiera entender mejor qué opciones existen cuando la documentación es el principal obstáculo, en Finantres ya explicamos cómo abrir una cuenta bancaria solo con pasaporte. Y para comparar el mapa de entidades que operan en este mercado, también puede servir nuestra guía de bancos en España. En todo caso, la cuenta de pago básica no es una alternativa comercial cualquiera: es el producto que la norma reserva para garantizar un acceso mínimo al sistema bancario.

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Qué puede cambiar a partir de ahora para el ahorrador y para la banca

El Banco de España no plantea en este informe un cambio inmediato de ley, pero sí marca con claridad el problema y vuelve a empujar a las entidades hacia una interpretación más proporcionada de las reglas. De hecho, en sus criterios de buenas prácticas ya había recordado que, si un banco rechaza una cuenta de pago básica por riesgo de blanqueo, debe apreciar y manifestar un riesgo efectivo y real, no una objeción abstracta.

Eso deja un mensaje doble. Para la banca, porque el supervisor está señalando públicamente que la cuenta básica no está llegando a quien debería. Y para el usuario, porque confirma que el bloqueo no nace de la inexistencia del derecho, sino de cómo se está aplicando en la práctica.

La consecuencia es relevante también fuera del debate jurídico. Sin cuenta bancaria, una persona queda más expuesta al efectivo, a los pagos informales y a más dificultades para integrarse en la economía cotidiana. Por eso el dato que acaba de publicar el Banco de España va más allá de una estadística: retrata una exclusión concreta que sigue abierta en 2026.

Esta noticia ha sido elaborada por Alejandro Valencia.

Alejandro Valencia

Alejandro Valencia

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