Un francés prefiere vivir en España aunque asegura pagar mucho más en impuestos

Francés prefiere vivir en España aunque asegura pagar mucho más en impuestos.
Francés prefiere vivir en España aunque asegura pagar mucho más en impuestos.

El fragmento se ha hecho viral después de que varios medios españoles recogieran una conversación con Anthony Bourbon. El protagonista sostiene que, pese a soportar una factura fiscal mucho mayor que la que tendría en Francia, prefiere seguir en España por el ambiente cotidiano y la sensación de poder «reiniciarse» durante el fin de semana.

En su ejemplo habla de ir a la playa, hacer castillos de arena y volver a trabajar el lunes más relajado. El comentario encaja con un debate más amplio que Bourbon ha mantenido en el pódcast Vraiment Riches sobre fiscalidad, expatriación y calidad de vida. Su primer episodio, publicado el 21 de junio de 2026, reunió a Bourbon, Samuel Guez y Roméo Bach para discutir precisamente esas cuestiones.

La cifra fiscal llama la atención, pero no está auditada

Hay un matiz importante: los «cientos de miles de euros» son una afirmación personal del entrevistado. Las publicaciones que han difundido el vídeo no aportan declaraciones tributarias, ejercicios fiscales, bases imponibles ni un desglose de qué impuestos incluye esa comparación.

Eso impide convertir el caso en una conclusión general sobre si España cobra más impuestos que Francia. La factura de una persona depende de dónde tenga su residencia fiscal, del tipo y origen de sus rentas y de sus circunstancias personales y económicas. Sin conocer esos datos, comparar únicamente la cantidad final puede llevar a una conclusión equivocada.

Vivir en España puede cambiar dónde tributas

La Agencia Tributaria recuerda que una persona puede ser residente fiscal en España si permanece aquí más de 183 días durante el año natural. Pero ese no es el único criterio: también cuenta que radique en España el núcleo principal o la base de sus actividades o intereses económicos. La normativa contempla además una presunción relacionada con la residencia del cónyuge no separado legalmente y los hijos menores dependientes.

Cuando una persona es residente fiscal en España y contribuyente por IRPF, las rentas obtenidas en el extranjero pueden quedar sometidas a las reglas españolas, con los ajustes y excepciones que correspondan. Por eso, mudarse de país no equivale simplemente a elegir dónde presentar la declaración: primero hay que determinar dónde se encuentra realmente la residencia fiscal.

España y Francia tienen, además, un convenio para evitar la doble imposición en materia de renta y patrimonio, firmado en 1995 y publicado en el BOE en 1997. El acuerdo establece cómo se reparten las potestades tributarias entre ambos Estados y mecanismos para corregir determinadas situaciones de doble imposición. Eso no significa que la factura final tenga que ser igual en ambos países.

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La calidad de vida también entra en la cuenta, pero es personal

La parte más interesante del testimonio no es solo la cifra fiscal, sino la decisión que hay detrás. El francés sostiene que poder desconectar, disfrutar del tiempo libre y volver al trabajo con menos tensión compensa para él el mayor coste tributario que asegura soportar en España. Es una valoración personal, no una regla financiera aplicable a cualquier hogar.

Para el bolsillo, la comparación real es más amplia. No solo pesan los impuestos: también cuentan la vivienda, el transporte, los gastos familiares, los seguros, los servicios y el coste de mantener un determinado nivel de vida. Un país puede resultar fiscalmente más caro para un perfil concreto y, aun así, encajar mejor en sus prioridades personales.

Ese es precisamente el riesgo de quedarse únicamente con la frase viral. Una diferencia fiscal de cientos de miles de euros sería enorme, pero sin conocer los ingresos, el patrimonio, los impuestos incluidos y los años comparados no sirve como referencia para saber qué pagaría otra persona que se trasladase de Francia a España.

Qué debería revisar quien se plantee un cambio de país

Antes de comparar titulares, lo prudente es revisar la residencia fiscal efectiva, de dónde proceden los ingresos y qué convenio internacional resulta aplicable. La regla de los 183 días es importante, pero no siempre resuelve por sí sola todos los casos. Tampoco tener una cuenta bancaria española o extranjera determina dónde debe tributar una persona.

Si el cambio de país obliga además a reorganizar la operativa bancaria, puede ser útil revisar qué cuentas permiten operar con pasaporte o cómo funcionan los neobancos con IBAN extranjero. Son cuestiones distintas de la residencia fiscal, pero forman parte de la organización cotidiana de una mudanza internacional.

La historia deja una idea práctica: pagar más impuestos no convierte automáticamente un país en una peor elección, del mismo modo que una factura fiscal menor no garantiza una vida más barata. Para comparar de verdad hay que mirar el presupuesto anual completo. Y, en este caso, los «cientos de miles» deben tratarse como un testimonio personal mientras no exista documentación que permita comprobarlos.

Esta noticia ha sido elaborada por Álvaro Ortega López

Álvaro Ortega López

Álvaro Ortega López

Especialista

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Especialista en fiscalidad, impuestos e inversiones en España.