El Gobierno ha aprobado el Real Decreto 416/2026, publicado en el BOE este 28 de mayo de 2026, que rediseña la jubilación flexible y deroga la norma anterior de 2002. La principal novedad es que esta modalidad pasa a permitir también una actividad por cuenta propia, algo que hasta ahora no encajaba en su regulación clásica.
Hasta ahora, la jubilación flexible estaba vinculada a un trabajo por cuenta ajena a tiempo parcial. Con la nueva norma, también podrá usarla quien ya cobra una pensión contributiva de jubilación y quiera volver a trabajar como autónomo, siempre con compatibilidad parcial de la prestación.
Eso sí, hay una fecha clave que cambia toda la lectura de la noticia: aunque el decreto ya se ha publicado, sus efectos arrancan dentro de tres meses, es decir, el 28 de agosto de 2026. Hasta entonces, sigue mandando el marco anterior.

Qué permitirá a los autónomos y cuánto podrán cobrar
La nueva regulación abre la puerta a que un pensionista vuelva a una actividad por cuenta propia y mantenga el 25% de su pensión mientras desarrolla ese trabajo compatible. No es un cobro íntegro ni una compatibilidad amplia, pero sí una opción nueva para quien ya estaba totalmente retirado y quiere reengancharse con un proyecto profesional.
La norma añade, además, una condición importante: el pensionista no puede haber estado de alta como autónomo en los tres años inmediatamente anteriores a la fecha de su jubilación. Ese filtro deja fuera a muchos profesionales que hayan cerrado su actividad poco antes de retirarse y reduce bastante el grupo real de beneficiarios.
Durante esa etapa, el jubilado mantiene su condición de pensionista a efectos de asistencia sanitaria y protección social. Y, como en el régimen anterior, deberá comunicar el inicio de la actividad a la entidad gestora, porque no hacerlo puede suponer reintegros y sanciones.

A quién le compensa de verdad y a quién no tanto
Sobre el papel, el cambio beneficia sobre todo a un perfil muy concreto: personas ya jubiladas que, tras un tiempo fuera del mercado, quieran volver con una actividad limitada como consultoría, despacho profesional o pequeño negocio. Para ese perfil, la reforma amplía opciones donde antes apenas había margen.
También puede ser útil para quien accedió a una jubilación anticipada involuntaria y, tras pasar por esta modalidad, regrese después a la jubilación plena. El Ministerio de Inclusión explica que, en esos casos, la pensión podrá mejorar al recalcularse la base reguladora y el porcentaje aplicable con las nuevas cotizaciones.
Ahora bien, para muchos autónomos el cambio puede quedarse corto. La razón es sencilla: la propia legislación ya contempla la jubilación activa, que permite compatibilizar trabajo y pensión con porcentajes bastante más altos si el retiro se ha demorado al menos un año. Desde abril de 2025, esa vía permite cobrar entre el 45% y el 100% de la pensión según los años de demora, e incluso llegar al 75% en algunos supuestos de trabajo por cuenta propia con contratación indefinida.
Por eso, la conclusión práctica es que esta nueva jubilación flexible no parece la opción más ventajosa para todo autónomo, sino una fórmula más útil para quien ya se jubiló y quiere volver después, no para quien todavía puede planificar una salida gradual más rentable. Esa comparación se desprende del propio diseño legal de ambas modalidades.

Qué debería revisar ahora un autónomo jubilado
Lo primero es no confundir publicación con aplicación. El cambio no se podrá usar hasta el 28 de agosto de 2026, así que cualquier decisión inmediata exige comprobar qué régimen sigue vigente en cada momento. En paralelo, conviene revisar si en los tres años previos a la jubilación hubo alta en el RETA, porque ese dato puede cerrar la puerta desde el principio.
También interesa hacer números antes de dar el paso. No es lo mismo volver a trabajar cobrando solo una cuarta parte de la pensión que hacerlo mediante otras fórmulas de compatibilidad. Quien esté valorando reactivar su actividad puede apoyarse en recursos como la guía de cuentas para autónomos o revisar qué productos bancarios siguen orientados a pensionistas en nuestra selección de cuentas pensión.
La reforma, en todo caso, mueve el mapa porque reconoce algo que hasta ahora quedaba fuera: que un jubilado también puede querer volver como autónomo. La clave no será solo si la ley lo permite, sino si ese 25% de pensión compensa realmente frente a otras vías ya existentes.









