Jubilación anticipada en 2026: edad mínima, penalización y error que debes evitar

La jubilación anticipada voluntaria en 2026 permite retirarse hasta dos años antes de la edad ordinaria, pero no sin coste. La Moncloa recuerda que exige 35 años cotizados y puede reducir la pensión entre el 2,81% y el 21%.
Trabajador revisando su pensión antes de jubilarse anticipadamente
Trabajador revisando su pensión antes de jubilarse anticipadamente

La edad mínima no es igual para todos

La clave está en la edad ordinaria de jubilación que corresponda a cada trabajador. En 2026, la Seguridad Social mantiene dos referencias: 65 años para quienes acrediten al menos 38 años y 3 meses cotizados, y 66 años y 10 meses para quienes no lleguen a ese periodo.

Por eso, la jubilación anticipada voluntaria no tiene una única edad mínima. Quien alcance los 38 años y 3 meses cotizados puede adelantar el retiro hasta los 63 años. Quien no llegue a esa cotización, pero cumpla el resto de requisitos, podrá hacerlo desde los 64 años y 10 meses.

Este matiz es importante porque muchas personas miran solo la edad y olvidan que los años cotizados cambian el punto de partida. Antes de tomar una decisión, conviene revisar la vida laboral y entender bien cómo funciona la jubilación para los autónomos si se ha cotizado en el RETA o se combinan periodos en distintos regímenes.

Pensionista revisando su jubilación flexible y su pensión
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El recorte de la pensión depende de los meses de adelanto

La jubilación anticipada voluntaria permite dejar de trabajar antes, pero la pensión no se cobra íntegra. Según la información publicada por La Moncloa, la reducción en 2026 puede ir del 2,81% al 21%.

Ese porcentaje no se aplica de forma plana a todo el mundo. Depende de dos datos: cuántos meses se adelanta la jubilación y cuántos años se han cotizado. Cuanto mayor sea el adelanto y menor sea la carrera de cotización, más alto puede ser el recorte.

La Ley General de la Seguridad Social establece coeficientes mensuales. Por ejemplo, adelantar la jubilación 24 meses puede implicar una reducción del 21% para carreras de cotización inferiores a 38 años y 6 meses, mientras que el recorte baja al 13% si se acreditan 44 años y 6 meses o más. En el extremo contrario, adelantarla solo un mes puede situar la reducción entre el 3,26% y el 2,81%, según los años cotizados.

El punto que no debe perderse de vista es que este recorte afecta a la cuantía de la pensión. No es solo una penalización inicial ni un trámite administrativo. Para quien se acerca al retiro, calcular la pensión estimada antes de solicitarla puede evitar una decisión tomada con información incompleta.

Persona revisando su vida laboral antes de pedir la jubilación.
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El requisito que puede dejar fuera a algunos trabajadores

Además de la edad, la jubilación anticipada voluntaria exige al menos 35 años de cotización efectiva. De esos años, dos deben estar dentro de los 15 inmediatamente anteriores al momento de acceder a esta modalidad.

La normativa permite computar, con un límite máximo de 12 meses, el servicio militar obligatorio, la prestación social sustitutoria o el servicio social femenino obligatorio. Pero no basta con alcanzar la edad mínima ni con sumar los años requeridos.

Hay otro filtro que suele pasar más desapercibido: una vez aplicados los coeficientes reductores, la pensión resultante debe ser superior a la pensión mínima que correspondería al trabajador al cumplir la edad ordinaria. Si no se cumple esa condición, no se puede acceder a la jubilación anticipada voluntaria.

Este es uno de los errores más frecuentes: pensar que cumplir edad y cotización garantiza automáticamente el acceso. En la práctica, la Seguridad Social también mira la cuantía resultante. Por eso, quien esté cerca del retiro debería revisar su vida laboral, sus bases de cotización y la pensión estimada. En el caso de los trabajadores por cuenta propia, también conviene entender cómo afecta la cuota a la futura pensión como autónomo.

Trabajador revisando su jubilación demorada antes de solicitar la pensión.
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No es lo mismo jubilación anticipada que prejubilación

La Moncloa también diferencia la jubilación anticipada de la prejubilación. La primera está regulada por la Seguridad Social y da acceso a una pensión pública con los requisitos y reducciones previstos por ley. La segunda suele ser un acuerdo privado entre empresa y trabajador, y no funciona como una modalidad de jubilación reconocida por la Seguridad Social.

También existen otras vías de acceso anticipado. La jubilación anticipada involuntaria, por ejemplo, puede permitir el retiro hasta cuatro años antes de la edad ordinaria, pero exige causas concretas de cese, inscripción como demandante de empleo durante al menos seis meses y 33 años cotizados. Además, los autónomos no pueden acogerse a esta modalidad.

Hay supuestos especiales, como trabajadores con discapacidad o determinadas actividades penosas, peligrosas, tóxicas o insalubres, donde pueden aplicarse reglas distintas. El Real Decreto 402/2025 regula el procedimiento para nuevos colectivos que puedan anticipar la edad mediante coeficientes reductores, aunque no convierte automáticamente cualquier profesión en beneficiaria.

Para quien prepara su retiro, la lectura práctica es sencilla: no basta con preguntar “cuándo puedo jubilarme”. Hay que comprobar edad ordinaria, años cotizados, modalidad de jubilación, reducción aplicable y pensión resultante. Esa revisión previa es la que da margen para decidir con calma y evitar que una salida anticipada reduzca más de lo esperado la pensión futura.

Esta noticia ha sido elaborada por Álvaro Ortega López

Álvaro Ortega López

Álvaro Ortega López

Especialista

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Especialista en fiscalidad, impuestos e inversiones en España.

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