La primera clave es esa: no todas las empresas tienen que emitir ya su factura electrónica B2B con el nuevo sistema. El real decreto entró en vigor el 20 de abril de 2026, veinte días después de su publicación, pero la propia norma deja su aplicación efectiva pendiente de una futura orden del Ministerio de Hacienda.
Ese detalle cambia por completo el enfoque. A día 6 de mayo de 2026, lo que existe es un marco regulatorio cerrado, no un arranque inmediato de la obligación para todas las pymes y autónomos. Cuando se publique esa orden, empezará el reloj: 12 meses para quienes superen los 8 millones de euros de volumen de operaciones y 24 meses para el resto.
En otras palabras, la factura electrónica B2B ya no es un proyecto difuso. Ya se sabe cómo será, aunque todavía falte el disparo formal que active los plazos de adaptación.
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Qué exigirá la nueva factura electrónica entre empresas
La norma obliga a emitir, transmitir y recibir factura electrónica cuando el destinatario sea otro empresario o profesional con sede, establecimiento permanente o residencia habitual en España, siempre que la operación vaya dirigida a esa actividad. Además, deja claro que un PDF, por sí solo, no equivale a la nueva factura electrónica obligatoria: el sistema exige un formato estructurado y legible por máquina.
El reglamento también fija dos piezas importantes. Por un lado, habrá una solución pública gratuita gestionada por la Agencia Tributaria. Por otro, podrán seguir operando plataformas privadas, pero con interoperabilidad e interconexión mínima, para evitar que una empresa quede atrapada en la plataforma de su cliente o proveedor.
La novedad más sensible para muchas empresas no está solo en emitir la factura. El destinatario deberá comunicar, al menos, el pago efectivo completo y su fecha a la solución pública, con un plazo máximo de cuatro días naturales, excluyendo sábados, domingos y festivos nacionales. El sistema también contempla estados como la aceptación o rechazo comercial de la factura.
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Qué deben revisar ya pymes y autónomos
Aunque la obligación no esté activada todavía, sí hay trabajo previo que conviene adelantar. El primero es revisar el software de facturación para comprobar si podrá generar facturas en formato estructurado, no solo documentos visuales, y si está preparado para convivir con las exigencias técnicas del nuevo modelo.
El segundo es ordenar el circuito interno de cobros y pagos. Muchas pequeñas empresas emiten la factura, pero no tienen trazado con precisión cuándo queda aceptada, cuándo se rechaza o qué día se cobra realmente. Con la nueva regulación, esa parte deja de ser un detalle administrativo y pasa a formar parte del cumplimiento.
También conviene revisar la relación con clientes, proveedores y asesores. Si una empresa trabaja con plataformas privadas, tendrá que confirmar si habrá interconexión. Si no quiere complicarse, podrá optar por la vía pública de la AEAT. Y si todavía está ordenando su operativa diaria, puede servir de apoyo comparar cuentas para empresas o revisar opciones pensadas para autónomos que encajen mejor con una gestión más digital.
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La gran confusión sigue siendo mezclar esta norma con VeriFactu
Buena parte del ruido alrededor de la factura electrónica viene de mezclar dos cambios distintos. La factura electrónica B2B de la Ley Crea y Crece busca reforzar la digitalización, la trazabilidad y el control de los plazos de pago entre empresas y profesionales. VeriFactu, en cambio, afecta a los sistemas informáticos de facturación y tiene un enfoque tributario y antifraude.
Separar ambos procesos es importante porque el calendario, la base legal y las obligaciones no son idénticos. Una empresa puede necesitar adaptar su software por VeriFactu y, además, preparar su operativa para la factura electrónica B2B. Tratarlo como si fuera una sola reforma suele llevar a errores de planificación.
La noticia, por tanto, no es que desde hoy todas las empresas españolas tengan una nueva obligación inmediata, sino que ya conocen el marco que se les aplicará. Y eso cambia la conversación: ya no se trata de esperar sin más, sino de llegar preparados cuando Hacienda publique la orden que active de verdad la cuenta atrás.
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