Qué cambia con la nueva jubilación flexible
El cambio está en el Real Decreto 416/2026, publicado en el BOE el 28 de mayo de 2026, que regula de nuevo la jubilación flexible y otros aspectos de la compatibilidad entre pensión contributiva de jubilación y trabajo. Su entrada en vigor será el 28 de agosto de 2026.
La novedad más llamativa es que la jubilación flexible deja de estar vinculada solo al trabajo por cuenta ajena a tiempo parcial. A partir de la nueva regulación, también podrá aplicarse cuando el pensionista realice una actividad por cuenta propia, es decir, como autónomo.
El matiz es importante: la norma no abre esta vía a cualquier jubilado que quiera volver a trabajar por cuenta propia. El BOE exige que, en los tres años inmediatamente anteriores a la fecha en que se causó la pensión de jubilación, esa persona no hubiera estado dada de alta en la Seguridad Social como trabajadora por cuenta propia.

El 25% de la pensión no es para todos los autónomos jubilados
En los supuestos de compatibilidad con una actividad por cuenta propia, el importe de la pensión que se podrá percibir será del 25%. No se trata de una subida de la pensión ni de un complemento general para autónomos, sino de una regla específica dentro de la jubilación flexible.
Esto significa que el pensionista mantiene reconocida su pensión de jubilación, pero durante el tiempo en que compatibilice esa pensión con la actividad compatible cobrará solo ese porcentaje. Cuando termine el trabajo por cuenta propia, se restablecerá el cobro íntegro de la pensión desde el primer día del mes siguiente al cese.
También conviene distinguir esta modalidad de la jubilación activa. La jubilación activa tiene sus propias reglas y porcentajes, modificados por la reforma de 2024. La noticia ahora afecta a la jubilación flexible, una vía distinta pensada para quienes ya han accedido a la pensión y quieren volver a una actividad compatible sin perder por completo la prestación.
Qué debe revisar quien ya cobra una pensión
Para un pensionista actual, la primera pregunta no es solo cuánto podrá cobrar, sino si encaja realmente en el supuesto. La norma habla de pensión contributiva de jubilación ya causada, actividad compatible y ausencia de alta como autónomo en los tres años anteriores a la jubilación.
Además, el pensionista deberá comunicar previamente a la entidad gestora el inicio de la actividad por cuenta propia. No hacerlo puede convertir parte de la pensión cobrada en indebida y obligar a devolver cantidades, además de las posibles sanciones.
Durante la jubilación flexible, el pensionista mantiene esa condición a efectos de asistencia sanitaria y protección social. Pero no tendrá derecho al complemento a mínimos mientras compatibilice pensión y trabajo. Si también percibe complemento por maternidad o para reducir la brecha de género, la norma prevé que se ajuste en la misma proporción que la pensión.
Por qué importa para planificar el retiro
La medida puede interesar a profesionales que, después de jubilarse, quieran realizar una actividad limitada por cuenta propia sin renunciar del todo a la pensión. Puede ser el caso de perfiles técnicos, liberales o personas con una actividad puntual, siempre que cumplan los requisitos.
Pero el dato del 25% debe leerse con prudencia. No significa que trabajar como autónomo después de jubilarse permita conservar la pensión completa. Tampoco implica que las nuevas cotizaciones mejoren automáticamente la pensión reconocida. El propio real decreto establece que la cotización durante la jubilación flexible no surtirá efectos para mejorar la pensión, salvo reglas concretas para determinados casos de jubilación anticipada involuntaria.
Por eso, quien esté valorando seguir activo tras el retiro debería revisar su vida laboral, el tipo de pensión reconocida, los años cotizados y las reglas de compatibilidad antes de tomar decisiones. También puede ser útil repasar cómo encaja esta opción dentro de una planificación más amplia del ahorro para la jubilación o compararla con otras formas de complementar ingresos a largo plazo, como explicamos en Finantres al hablar de planes de pensiones e interés compuesto y de fondos de inversión frente a planes de pensiones.
La clave práctica es sencilla: esta reforma da más margen para compatibilizar pensión y trabajo, pero no elimina los requisitos. Antes de volver a una actividad por cuenta propia, conviene comprobar si se cumplen las condiciones y comunicarlo correctamente a la Seguridad Social.









